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Contribuciones

Contribuciones y adultos mayores: la rebaja actual y la nueva exención 65+ (2026–2027)

Desde el 1 de enero de 2027, las personas de 65 años o más pueden dejar de pagar contribuciones por su vivienda principal, pero tienen que pedirlo. Aquí está todo: el beneficio que existe hoy, el nuevo, cómo se combinan y qué cambia si vendes o tienes usufructo.

Actualizado el 8 min de lecturaPor Santiago Echeverría y Arturo Baldwin

Respuesta corta. Hay dos beneficios.

  • Rebaja de la Ley 20.732, vigente hoy: descuenta el 100% o el 50% de las contribuciones según tus ingresos. Es para mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más. La aplica el SII de forma automática.
  • Exención de la Ley 21.850, publicada el 17 de octubre de 2026: desde el 1 de enero de 2027, las personas de 65 años o más no pagan contribuciones por su vivienda principal. No es automática: se pide cada año con una declaración jurada ante el SII.

Qué son las contribuciones y cuánto se paga

Las contribuciones son el impuesto territorial: un impuesto anual sobre el avalúo fiscal de las propiedades, que cobra el Servicio de Impuestos Internos (SII) y se paga en cuatro cuotas. En 2026, las cuotas vencen el 30 de abril, 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre.

Para las viviendas, durante el segundo semestre de 2026:

  • Monto exento: las viviendas con avalúo fiscal de hasta $61.711.570 no pagan, desde el 1 de julio de 2026.
  • Sobre ese monto: la tasa es de 0,893% hasta un avalúo de $220.398.431 y de 1,042% sobre esa cifra.
  • Reavalúo: el reavalúo general de las propiedades no agrícolas, incluidas las viviendas, se postergó al 1 de enero de 2027 (Ley 21.806). Hasta fin de 2026 rigen los avalúos actuales.

El beneficio que existe hoy: rebaja de la Ley 20.732

Es el beneficio que el SII llama BAM (beneficio adulto mayor).

  • Edad: mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más, cumplidos al 31 de diciembre del año anterior.
  • Propiedad: ser propietario inscrito de la vivienda, solo o junto con tu cónyuge, conviviente civil o hijos que heredaron de un cónyuge fallecido.
  • Ingresos anuales:
    • Hasta 13,5 UTA: rebaja del 100%.
    • Entre 13,5 y 30 UTA: rebaja del 50%.
  • Avalúo fiscal (desde el 1 de julio de 2026): la vivienda puede valer hasta $234.328.604, y todas tus propiedades juntas hasta $313.048.370. Estos topes se reajustan.
  • Varias propiedades: si tienes más de una, la rebaja se aplica a la de mayor avalúo.
  • Trámite: es automática. El SII revisa cada agosto y aplica la rebaja a las cuotas de septiembre y noviembre y a las de abril y junio del año siguiente.

Si crees que cumples y no te llegó, puedes pedir una revisión al SII.

La nueva exención 65+: Ley 21.850

La Ley 21.850, llamada de Reconstrucción Nacional, se publicó en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026. Entre otras medidas, exime del impuesto territorial la vivienda principal de las personas naturales de 65 años o más.

Rebaja Ley 20.732 (hoy)Exención Ley 21.850 (desde 2027)
EdadMujeres 60+, hombres 65+65+, igual para hombres y mujeres
BeneficioRebaja del 100% o del 50%Exención del 100%
Filtro principalIngresos y avalúoQue sea tu vivienda principal (una en todo el país)
TrámiteAutomáticoDeclaración jurada anual en Mi SII o en una oficina del SII
DesdeVigente1 de enero de 2027

Lo que se ha informado sobre los requisitos:

  • Qué cubre: una sola vivienda principal en todo el país, más el estacionamiento y la bodega en la misma dirección.
  • Pagos al día: tener al día el pago del aseo municipal y de las contribuciones del año anterior.
  • Si hay copropietarios: todos deben ser personas naturales, y quien vive en la casa debe tener al menos el 50%. Basta el 25% si la parte se heredó del cónyuge o conviviente.
  • Si es de uso mixto: al menos el 50% de la propiedad debe ser habitacional.
  • Sanciones: declarar falsamente se sanciona con una multa del 300% del impuesto eludido y 10 años sin poder volver a pedir la exención.

Estado del trámite: en desarrollo. El SII definirá por resolución el formulario y el plazo de la declaración jurada. Según el texto del proyecto aprobado, la exención no tendría topes de ingresos ni de avalúo; confírmalo en el SII cuando publique el procedimiento. Actualizaremos esta guía en cuanto ocurra.

¿Quieres que te avisemos? Cuando el SII abra el trámite de la declaración jurada, te escribimos por WhatsApp con el paso a paso, gratis y sin compromiso. También a tus padres, si nos lo pides.

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Usamos tus datos solo para avisarte de este trámite y orientarte. Privacidad.

¿Ya cumples? Verifica si calificas y revisa el paso a paso en exención de contribuciones 65+ desde 2027: cómo pedirla.

Nuda propiedad, usufructo y contribuciones

Esta sección importa si vendiste o estás pensando en vender la nuda propiedad de tu casa.

  • Quién paga ante el fisco: la ley tributaria permite cobrar el impuesto al dueño o al ocupante, incluido el usufructuario, y el dueño sigue siendo responsable (art. 25 de la Ley 17.235).
  • Quién paga entre las partes: el Código Civil dice que el usufructuario paga los impuestos periódicos (art. 796), salvo que el contrato diga otra cosa.
  • Quién conserva la rebaja de la Ley 20.732: el beneficio exige ser propietario inscrito. Según el SII (Oficio 09 de 2018), quien conserva la nuda propiedad puede recibir la rebaja. Quien conserva solo el usufructo no la recibe, salvo el cónyuge sobreviviente que vive en la propiedad como usufructuario.
  • Si vendes la casa: el SII revisa quién es el dueño al 31 de diciembre. Si vendiste antes de esa fecha, dejas de recibir la rebaja desde el ciclo siguiente.
  • La nueva exención: exige que todos los copropietarios sean personas naturales. Su aplicación a quien vende la nuda propiedad y conserva el usufructo está en desarrollo.

En NĀGO, como persona mayor mantienes tu exención de contribuciones y NĀGO hace el trámite ante el SII por ti cada año. Los seguros y la mantención los paga el fondo mientras vives en tu casa. Si evalúas vender a otro comprador, pide que el contrato diga por escrito quién paga las contribuciones y cómo mantienes tu exención.

Paso a paso para no pagar de más

  1. Revisa tu situación en Mi SII → Bienes raíces: el avalúo, las cuotas y si tienes un beneficio aplicado.
  2. Si tienes 60 o 65 años o más y tus ingresos son bajos, confirma que la rebaja de la Ley 20.732 aparezca en tus cuotas.
  3. Desde 2027, si tienes 65 años o más, presenta la declaración jurada de vivienda principal cuando el SII habilite el trámite. Si no la presentas, no tienes la exención.
  4. Ponte al día con el aseo municipal y las contribuciones del año anterior, que son requisitos de la nueva exención.
  5. Si vas a vender, o ya vendiste la nuda propiedad, deja por escrito en el contrato quién paga las contribuciones.

Para profundizar

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo los mayores de 65 años no pagan contribuciones?

Desde el 1 de enero de 2027, según la Ley 21.850, publicada el 17 de octubre de 2026. La exención cubre la vivienda principal y hay que pedirla cada año con una declaración jurada ante el SII.

¿La exención de contribuciones para adultos mayores es automática?

La nueva exención 65+ no lo es: requiere una declaración jurada anual. La rebaja de la Ley 20.732 sí es automática: el SII la aplica cada año a quienes cumplen la edad, los ingresos y los topes de avalúo.

¿Cuáles son los requisitos de la rebaja actual de contribuciones?

Mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más, propietarios inscritos de la vivienda, con ingresos anuales de hasta 30 UTA (rebaja del 100% hasta 13,5 UTA y del 50% entre 13,5 y 30 UTA) y avalúo fiscal de la vivienda de hasta $234.328.604 desde julio de 2026.

Si vendo la nuda propiedad y me quedo con el usufructo, ¿pierdo el beneficio?

Para la rebaja de la Ley 20.732, sí: el beneficio exige ser propietario inscrito, y el usufructuario no califica (salvo el cónyuge sobreviviente). La aplicación de la nueva exención a estos casos está en desarrollo. En NĀGO mantienes tu exención como persona mayor y hacemos el trámite ante el SII por ti cada año.

¿Cuándo vencen las cuotas de contribuciones en 2026?

El 30 de abril, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026.

Fuentes

  1. Rebaja de contribuciones para adultos mayores: preguntas frecuentes · SII
  2. ¿Qué es el beneficio adulto mayor (BAM)? · SII
  3. Rebaja del pago de contribuciones para adultos mayores (ficha 138168) · ChileAtiende
  4. Reajustes de exenciones del impuesto territorial (julio 2026) · SII
  5. Postergación del reavalúo no agrícola a 2027 · SII, 06-02-2026
  6. Ley de Reconstrucción se publica en el Diario Oficial · Emol, 17-10-2026
  7. Exención de contribuciones para adultos mayores: requisitos y trámite · CNN Chile
  8. Oficio 09: beneficio adulto mayor y usufructo · SII, 02-01-2018
  9. Oficio 882: obligados al pago del impuesto territorial · SII, 2016
  10. Código Civil, art. 796 · Biblioteca del Congreso Nacional
  11. Exención de contribuciones para mayores de 65: texto aprobado y requisitos · Diario Constitucional, 08-08-2026
  12. Noticia SII sobre la Ley 21.850 · SII, 19-10-2026

Revisamos estas cifras el 4 de noviembre de 2026. Los montos se reajustan; antes de decidir, confírmalos en la fuente oficial. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría legal, tributaria o previsional personalizada. Cómo hacemos nuestras guías.

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